Sin embargo, se declaró, por mayoría, "improcedente" la medida cautelar para suspender los efectos del cierre del Parlamento. Ahora, el proceso...
seguirá el curso regular dentro del Tribunal Constitucional.
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) admitió este martes a trámite la demanda de competencias que había presentado Pedro Olaechea, hoy titular de la Comisión Permanente, contra el Ejecutivo por la disolución del Congreso que dispuso el jefe de Estado, Martín Vizcarra, el pasado 30 de septiembre.
Ahora, tras la decisión que se tomó por unanimidad ─que no implica que se le dé la razón al Congreso disuelto─, el proceso seguirá su curso, luego de que el TC le notifique al Ejecutivo, que tendrá 30 días para pronunciarse desde ese momento.
En la misma sesión, el pleno del colegiado declaró, por mayoría, "improcedente" la medida cautelar que presentó Olaechea, junto con al demanda de competencias, para suspender los efectos de la disolución del Parlamento. Es decir, la medida que adoptó el presidente Vizcarra sigue vigente y solo seguirá funcionando, con las restricciones del caso, la Comisión Permanente.
En contra de la medida cautelar votaron los magistrados Carlos Ramos, Manuel Miranda (vicepresidente), Marianella Ledesma, Eloy Espinosa-Saldaña y Augusto Ferrero. A favor lo hicieron el titular del TC, Ernesto Blume, y José Luis Sardón.
El magistrado Carlos Ramos Núñez, ponente de la causa, propuso que la demanda siga su curso y se debate en el seno del tribunal, lo que no significa que vaya a ser amparada, sino que ahora el TC se deberá pronunciará sobre el fondo del tema.
Así, el máximo órgano constitucional deberá resolver tres aspectos claves:
i) La posibilidad que tiene el Ejecutivo de plantear cuestión de confianza sobre reformas constitucionales.
ii) La facultad de interpretar que la confianza ha sido denegada fácticamente por el Congreso.
iii) La validez de la disolución del Parlamento y, por tanto, la convocatoria a las elecciones legislativas previstas para el 26 de enero (proceso que ya está en curso).
Los plazos
Una vez que el Ejecutivo se pronuncie sobre la admisibilidad de la demanda, dentro de los 30 días hábiles que tiene para hacerlo, el TC tiene otros 10 días hábiles para convocar a una audiencia en la cual las partes deben exponer sus alegatos.Luego de la audiencia, la causa queda al voto y el tribunal tiene 30 días hábiles para emitir una sentencia. Es decir, la resolución podría darse en un plazo de dos meses a dos meses y medio.
Publicado en: https://redaccion.lamula.pe/2019/10/29/pleno-del-tc-admite-a-tramite-demanda-competencial-contra-la-disolucion-del-congreso/redaccionmulera/
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