La Sunat estableció el cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 23 de marzo al 8 de abril del 2016.
Como adelantó RPP Noticias, más trabajadores en planilla a nivel nacional serán exonerados del pago del Impuesto a la Renta (IR) este año.
Y es que el incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2016 de S/ 3 850 a...
S/ 3 950 beneficiará a los trabajadores con rentas de quinta categoría. Cabe recordar que la legislación actual determina que los trabajadores en planilla con ingresos anuales de hasta 7 UIT están inafectos del pago del IR.
De este modo, aquellos que ganan un sueldo bruto de hasta S/ 27 650 al año (S/ 1 975 al mes considerando 12 sueldos y dos gratificaciones al año) no pagarán este tributo y los que ganen más de ese monto tendrán una mayor porción de sus ingresos inafectos y en los tramos en los que se pagan menos impuestos.
El cálculo del Impuesto a la Renta se realiza por tramos. Por las primeras 7 UIT (S/ 27 650) no se deduce IR, por el tramo entre las 7 UIT y las 12 UIT (S/ 47 400) se paga 8%; por el tramo entre las 12 UIT y las 27 UIT (S/ 106 650) se descuenta 14%; por el tramo entre las 27 UIT y las 42 UIT (S/ 165 900) se paga 17%; entre las 42 UIT y las 52 UIT (S/ 205 400) se cobra 20% y por todos los ingresos por encima de las 52 UIT se cobra 30%.
Para poner un ejemplo, a una persona que gana S/ 2 500 por 14 meses (12 meses más dos gratificaciones), este año se le descontará S/ 588 por Impuesto a la Renta anual .
Cuarta categoría
Los trabajadores independientes que emiten recibos por honorarios (cuarta categoría), también se verán beneficiados con la citada suspensión, siempre y cuando sus ingresos durante este año no superen los S/ 34 560.
Así, no tendrán que pagar Impuesto a la Renta los que tengan ingresos mensuales por debajo de S/ 2 880.
En el mismo sentido, se reducirá el Impuesto a la Renta que deban pagar los que generen recibos por honorarios (cuarta categoría). Por ejemplo, una persona cuyos ingresos mensuales asciendan a S/ 3 000 (S/ 36 000 al año), hasta este año pagarán S/.92. En el caso de alguien que gane S/ 5 000, el ahorro es mayor: de S/ 1 664.
Cabe recordar que en el caso de los trabajadores de cuarta categoría, se debe descontar un 8% del total percibido en aquellos recibos que se emitan por montos a partir de S/ 1 501.
Declaración Anual 2015
La Sunat estableció el cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Anual que se iniciará el 23 de marzo, concluyendo el 8 de abril del 2016, de acuerdo con el último dígito de RUC de los contribuyentes. Cabe precisar que los Buenos Contribuyentes podrán cumplir con esta obligación hasta el 9 de abril.
Fuente: RPP
Publicado en: http://www.tudocente.com/cuanto-tiene-que-ser-tu-ingreso-anual-para-no-pagar-impuesto-a-la-renta/
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