El escándalo por las denuncias de plagio (casi casi flagrantes) en la tesis doctoral que el candidato presidencial de Alianza para el Progreso (APP), César Acuña, presentó a la Universidad Complutense de Madrid (UCM), ya llegó al mundo entero, ya todos nos indignamos y el denunciado ya ofreció una conferencia de prensa negando
¿Cuál es el posible desenlace de esta historia?
Bueno, para ello hemos consultado con uno de los juristas más reconocidos en España. Se trata de Víctor Gómez Martín, profesor titular de Derecho Penal de la Universidad de Barcelona (UB) y jefe de Estudios de las Enseñanzas Criminológicas y de la Seguridad de la misma institución. Es licenciado en Derecho, tiene un Máster de Especialización en Derecho Penal y un doctorado en Derecho Penal (o sea es un doctor de verdad no como A cof lan o A cof cof cuña).Estas fueron las preguntas que Marco Sifuentes hizo al especialista:
¿De encontrarse culpable al señor Acuña, le correspondería una sanción legal en España? Tengamos en cuenta que, entre los varios autores plagiados, se encuentran dos académicos españoles.Saludos cordiales.
Recordemos que César Acuña presentó su tesis en la UCM en el 2009 y que son varios los autores que han visto retazos de sus trabajos en ese documento. Además, el delito de plagio está tipificado en el código penal español y peruano. Pero para que entiendas con más claridad cuál sería la consecuencia de todo esto, esta es la respuesta que nos envió el especialista español:
Buenos días,Ahí lo tienen: El delito es contra la propiedad intelectual y fue cometido en España. Pero el plazo de prescripción es de tres años, por lo que de comprobarse el plagio, Acuña puede acogerse a precisamente esta prescripción para evitar una sanción de tipo penal.
Por la información de prensa, podría entenderse que el forum delicti comissi (lugar de comisión del supuesto delito) sería España, porque la tesis doctoral se habría defendido en la Universidad Complutense de Madrid. En caso de confirmarse los hechos, éstos podrían ser castigados, por aplicación del principio de territorialidad, como un delito contra la propiedad intelectual, en aplicación del art. 270 CP español.
De acuerdo con el art. 23.1 LOPJ, “[en] el orden penal corresponderá a la jurisdicción española el conocimiento de las causas por delitos y faltas cometidos en territorio español o cometidos a bordo de buques o aeronaves españoles, sin perjuicio de lo previsto en los tratados internacionales en los que España sea parte”). No obstante, debe tenerse en cuenta que los hechos datan de 2009, por lo que podrían estar prescritos: el plazo de prescripción de este delito por aquel entonces era de 3 años.
Pero…
Esto no implica, no quiere decir, que la Universidad Complutense de Madrid no le vaya a quitar el título si se comprueba toooodo lo que se ha denunciado.En todo caso, esto es lo único que le faltaba a César Acuña para terminar de parecerse a Alan García.
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