Comisión de Economía prorroga hasta finales del 2015 la jubilación anticipada y plantea menos requisitos para acceder a ella.
los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Como se recuerda, este beneficio se creó en el 2009 y vencía a fnales de ese año, pero desde entonces su vigencia se ha prorrogado. El propósito inicial era que los afiliados desempleados se jubilaran y recibieran una pensión antes de los 65 años o disponer del 50% del fondo acumulado, siempre que éste no alcanzara una pensión equivalente a un sueldo mínimo. Hasta setiembre, 9,580 afiliados se han jubilado mediante esta modalidad, según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
El nuevo dictamen plantea que se devuelva la totalidad de los aportes a aquellos que no alcancen una pensión igual o superior a la remuneración mínima vital. También considera que la jubilación pueda ser posible desde los 40 años, tanto para varones como para mujeres.
La moción será debatida en el Pleno, y si es aprobada pasará al Poder Ejecutivo.
¿Quiénes se pueden acoger a la jubilación anticipada? (sin los cambios del nuevo dictamen)
Los afiliados con un mínimo de 12 meses en situación de desempleo.Aquellos cuyo fondo acumulado les permita recibir una pensión igual o mayor a una remuneración mínima vital (S/.750).
Si su fondo no alcanza para ello, no podrá jubilarse, pero la ley permite solicitar la devolución del 50% de lo acumulado.
Los varones deben tener 55 años y las mujeres, 50.
Para tomar en cuenta
El trámite para acogerse al sistema puede demorar entre uno y dos meses.Quien se acoja recibirá una pensión mucho menor que el de una jubilación general (a los 65 años).
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