“Inconstitucional, arbitraria y con un vicio de nulidad”. Esos son los calificativos que ha merecido, por parte del Instituto de Defensa Legal (IDL), la reciente orden emitida por el cardenal de Lima, Juan Luis Cipriani, a todos los sacerdotes y laicas del Departamento de Teología de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) para que abandonen las aulas y las oficinas administrativas y dejen de laborar en esa casa de estudios en vista de la negativa de sus autoridades a entregar la universidad al control de... la Iglesia Católica, que considera que, en virtud a la denominación de “pontificia” y “católica” que ostenta desde su fundación, debe obedecer a su injerencia.
“Esta autoridad eclesial (el cardenal Juan Luis Cipriani), con todo respeto, debe entender que no está por encima del ordenamiento jurídico. Esta es una arbitrariedad más de las muchas que viene cometiendo el arzobispo Cipriani, frente a las que el IDL igualmente rechaza”, se indica en la nota de prensa en la que la institución de asesoría legal enumera las razones que hacen ilegal la decisión del cardenal de Lima, además de censurable. Ello partiendo de que vulnera derechos de los sacerdotes y laicas a la defensa y a conocer los motivos reales de la orden.
“La decisión del cardenal Cipriani contra los sacerdotes y las laicas de la PUCP tiene un contenido sancionatorio (…) Se han violado garantías del debido proceso de los sacerdotes y las laicas de la PUCP que tienen la condición de derechos fundamentales y rango constitucional”, se lee en los primeros párrafos.
“La decisión del cardenal Cipriani (…) viola el derecho a la defensa, el derecho a la motivación y el principio de interdicción de la arbitrariedad, toda vez que estos no tuvieron la oportunidad de conocer las razones de la sanción, menos de ser escuchados y de defenderse”, agregan en el punto 3.
El IDL agrega que la Iglesia no es un ente omnipotente que puede tomar decisiones independientemente de las leyes, sino que, como ente privado, está obligado a cumplirlas, y que “la condición de sacerdote no implica una renuncia a la condición de ciudadanos titulares de derechos constitucionales”. Asimismo, resalta que “la separación entre el Estado y la Iglesia tiene límites”, por lo que si bien el Perú es un estado laico, el gobierno no puede ignorar el cumplimiento de las leyes a nivel eclesiástico.
“No solo el Estado está obligado a respetar los derechos fundamentales, sino también los privados (…) Si bien el artículo 103 del estatuto vigente de la PUCP reconoce al arzobispo de Lima la atribución de otorgar o retirar el mandato canónico a los docentes de cursos de teología, en el marco de un Estado Constitucional de Derecho, no puede interpretarse que esta facultad constituye un poder absoluto e ilimitado”, explican.
LA CONTROVERSIA PUCP - VATICANO
La nota de prensa del IDL también contiene opiniones legales sobre el tema de fondo de la decisión de Cipriani, es decir, la controversia sobre las denominaciones de “pontificia” y “católica” que ostenta la universidad. Argumentan que “el Concordato entre la Santa Sede y el Estado peruano debe aplicarse en consonancia con los tratados internacionales de protección de los derechos humanos”, por lo que el gobierno no puede inhibirse de hacer respetar los derechos de la PUCP como los de cualquier institución privada.
Asimismo, se afirma que la decisión del cardenal “viola la autonomía universitaria de la PUCP” porque interfiere su facultad de organizar los cursos a dictar en un ciclo. “La mejor prueba es que el curso de Teología no será dictado este semestre”, sentencia.
ADEMÁS
Las relaciones entre el Perú y el Vaticano están reguladas por un concordato aprobado por ambos Estados en 1980.
Fuente: http://diario16.pe/noticia/21536-idl-decisiaon-de-cipriani-es-una-sanciaon-ilegal-a-la-universidad-cataolica
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