Los trabajadores independientes que durante el año 2013 perciban
ingresos menores a 2,698 nuevos soles mensuales, no estarán obligados a
efectuar pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta de Cuarta
Categoría, dispuso la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria (Sunat).
No obstante, dichos contribuyentes sí podrán ser sujetos de...
la retención
del diez por ciento que realiza la empresa que contrata sus servicios
cuando emiten recibos por honorarios por montos superiores a 1,500
soles, salvo que realicen el trámite de suspensión de retenciones y
obtengan su “Constancia de Autorización” de suspensión.
La norma
también señala que los contribuyentes que proyecten que sus ingresos
anuales durante el 2013 no superarán los 32,375 soles, podrán solicitar
la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta. Estos montos han sido
actualizados, considerando que la Unidad Impositiva Tributaria (UIT)
para el 2013 ha sido fijada en 3,700 soles.
Para obtener la
solicitud de suspensión de retenciones, el contribuyente deberá ingresar
a Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) y acceder a “Sunat Operaciones en
Línea” (SOL) utilizando su Clave SOL, donde podrá ubicar el Formulario
Virtual N° 1609. Luego de llenar el mismo con la información solicitada,
se podrá imprimir la “Constancia de Autorización” de suspensión de
retenciones.
Precisó que si en un determinado mes se perciben
rentas que superan los montos antes señalados, los contribuyentes
deberán declarar y efectuar el pago a cuenta del Impuesto a la Renta.
Fuente: http://www.diariolaprimeraperu.com/online/economia/independientes-ya-pueden-solicitar-exhoneracion-de-retenciones_128040.html
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