Fuente: http://www.trome.com/
El Ejecutivo promulgó la ley que permite a las personas con un título profesional enseñar sin inscribirse en el Colegio de Profesores.
Los profesionales con un título distinto al de Educación también podrán ejercer la docencia sin inscribirse en el Colegio de Profesores del Perú, según precisa una ley que fue promulgada y publicada este miércoles por el Poder Ejecutivo.
En el caso de docentes extranjeros, estos deberán tener un título que las permita ejercer la docencia en su país de origen. El centro educativo en el que laboran asumirá la responsabilidad por sus capacidades profesionales y su comportamiento.
La ley 29510, además, crea un régimen especial para el ejercicio de la docencia en el sector privado en forma temporal a los profesionales universitarios, también exceptuándolos del requisito de inscripción en el Colegio de Profesores.
EN CONTRA. Estudiantes del Instituto Pedagógico Nacional dijeron que para ejercer docencia es necesario tener conocimientos de ciertas metodologías. "Uno podrá saber la carrera, tener conocimiento de la materia, pero necesita tener llegada a los alumnos para que aprendan", dijo un alumno en RPP.
En tanto, una maestra de la Universidad Nacional de Educación, Enrique Guzmán y Valle, "La Cantuta", sostuvo que para ser profesores hay que capacitarse. "No es adecuado que a otros (profesionales) se les permita acceder (a la docencia). No está bien porque cada uno tiene su especialidad", refirió.
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