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Las cosas que uno medita mucho o quiere que sean 'perfectas', generalmente nunca se empiezan a hacer...
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"Cada mañana, miles de personas reanudan la búsqueda inútil y desesperada de un trabajo. Son los excluidos, una categoría nueva que nos habla tanto de la explosión demográfica como de la incapacidad de esta economía para la que lo único que no cuenta es lo humano". (Ernesto Sábato, Antes del fin)
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martes, 22 de noviembre de 2011

Telefónica contraviene normatividad tributaria

La transnacional española Telefónica del Perú contraviene toda la normatividad tributaria peruana, al alegar la supuesta “legitimidad” de la controversia que mantiene con la Sunat, por una deuda de aproximadamente dos mil millones de soles, afirmó a LA PRIMERA, el abogado tributarista Wilfredo Campero.

“Lo que está haciendo Telefónica es ir contra la Ley Tributaria. Así de simple. Porque la norma tributaria y la Ley del Impuesto a la Renta, y su Reglamento, establece una serie de condiciones para que las empresas puedan gozar de los créditos tributarios que ellos disfrutaron”, subrayó.

Campero señaló que la Ley permite a las empresas deducir el impuesto, siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos formales, como el pedido del detalle individual por cada cliente de que es una deuda que no podía ser asumida por éste, y hacer las notificaciones correspondientes, a través de los mecanismos que establece la misma Ley.

Advirtió que la empresa española jamás hizo dicha formalización “porque todos sus sistemas informáticos son obsoletos y mal estructurados, a la vez que nunca ha tenido un control real de su deuda morosa”.

Por ello, insistió en que...
Telefónica nunca cumplió con la Ley Tributaria, ya que ésta establece que se notifique y entreviste con el deudor, se provisione contablemente la deuda, y que esto último vaya en un documento contable que consigne la correspondiente factura. “Si no lo ha hecho, (Telefónica) no puede deducirse el gasto”, anotó. En cuanto al detalle de los intereses de la deuda que la transnacional ha contraído con la banca, explicó que resulta inexplicable que la compañía exprese “no comprender” por qué debe pagar el Impuesto a la Renta por ciertos gastos que tuvo por el endeudamiento contraído.

El experto precisó que la Ley de Impuesto a la Renta es clara en especificar que para tener el beneficio de deducir como gasto, la empresa debió detallar esos intereses e informar para qué ha servido el capital recibió como préstamo.

En una nota de prensa, Telefónica indicó que sus representantes “reafirmaron la legitimidad de la controversia que la compañía mantiene con la Sunat”, al tiempo de recordar “que en los últimos diez años Telefónica ha pagado más de 4,200 millones de soles solo por Impuesto a la Renta, lo que la convierte en uno de los principales contribuyentes del país”.

Tal posición fue expuesta en la audiencia realizada en el Octavo Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio. La compañía se refirió en esa instancia al alquiler de espacios para la colocación de teléfonos públicos de interior y la reorganización simple de un bloque patrimonial y el denominado “overhead”, como factores de deducción de impuestos.

En relación al “overhead”, sostuvo que “se reparó que, al momento de determinar contablemente el valor de los activos fijos que construye, Telefónica del Perú incluyó un porcentaje de sus gastos administrativos. No obstante, para fines tributarios determinó que dichos gastos no se encontraban vinculados directamente con los activos y por ello los dedujo como gasto”.

Por todo ello, Telefónica expresó que “su controversia tributaria es legítima. ”.


Javier SotoRedacción

Fuente: http://www.diariolaprimeraperu.com/online/2/telefonica-contraviene-normatividad-tributaria_99648.html

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