Con el pronunciamiento del TFA, queda agotada la vía
administrativa, por lo que Xstrata Tintaya S.A. deberá pagar la multa
impuesta.
El Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) declaró infundado el recurso de apelación presentado por la compañía minera Xtrata Tintaya S.A. confirmando la multa de 24 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/. 87 600,00.Dicha multa fue impuesta, ya que la mencionada empresa violó...
la normatividad ambiental vigente al presentar tardíamente ante la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros de Ministerio de Energía y Minas los informes de monitoreo de efluentes líquidos correspondientes al primer, segundo y tercer trimestre del año 2011 de la Unidad Minera "Tintaya", así como el informe de monitoreo de aire correspondiente al segundo trimestre del año 2011.
Según la normativa aplicable, las empresas deben presentar los informes de monitoreo hasta el último día hábil de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre, plazo que no fue cumplido por la empresa sancionada en cuatro oportunidades.
Como se sabe, la realización del monitoreo tiene como propósito verificar el nivel de carga contaminante con que se vierten los efluentes minero-metalúrgicos al ambiente, lo que permite identificar los principales agentes físicos, químicos o biológicos que constituyen peligro para el ambiente.
Fuente: http://www.larepublica.pe/08-01-2013/oefa-ratifico-multa-de-s-87600-contra-compania-minera-xstrata-tintaya
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