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Las cosas que uno medita mucho o quiere que sean 'perfectas', generalmente nunca se empiezan a hacer...
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"Cada mañana, miles de personas reanudan la búsqueda inútil y desesperada de un trabajo. Son los excluidos, una categoría nueva que nos habla tanto de la explosión demográfica como de la incapacidad de esta economía para la que lo único que no cuenta es lo humano". (Ernesto Sábato, Antes del fin)
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viernes, 22 de noviembre de 2013

Podrías jubilarte a los 40 años


foto: la república

Comisión de Economía prorroga hasta finales del 2015 la jubilación anticipada y plantea menos requisitos para acceder a ella.
Luego de dos semanas de debate, ayer la Comisión de Economía del Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que prolonga hasta el 31 de diciembre del 2015 el Régimen Especial de Jubilación Anticipada por Desempleo para...
los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Como se recuerda, este beneficio se creó en el 2009 y vencía a fnales de ese año, pero desde entonces su vigencia se ha prorrogado. El propósito inicial era que los afiliados desempleados se jubilaran y recibieran una pensión antes de los 65 años o disponer del 50% del fondo acumulado, siempre que éste no alcanzara una pensión equivalente a un sueldo mínimo. Hasta setiembre, 9,580 afiliados se han jubilado mediante esta modalidad, según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
El nuevo dictamen plantea que se devuelva la totalidad de los aportes a aquellos que no alcancen una pensión igual o superior a la remuneración mínima vital. También considera que la jubilación pueda ser posible desde los 40 años, tanto para varones como para mujeres.
La moción será debatida en el Pleno, y si es aprobada pasará al Poder Ejecutivo.

¿Quiénes se pueden acoger a la jubilación anticipada? (sin los cambios del nuevo dictamen)

Los afiliados con un mínimo de 12 meses en situación de desempleo.
Aquellos cuyo fondo acumulado les permita recibir una pensión igual o mayor a una remuneración mínima vital (S/.750).
Si su fondo no alcanza para ello, no podrá jubilarse, pero la ley permite solicitar la devolución del 50% de lo acumulado.
Los varones deben tener 55 años y las mujeres, 50.

Para tomar en cuenta

El trámite para acogerse al sistema puede demorar entre uno y dos meses.
Quien se acoja recibirá una pensión mucho menor que el de una jubilación general (a los 65 años).
 
Fuente: http://redaccion.lamula.pe/2013/11/21/podrias-jubilarte-a-los-40-anos/albertoniquen/

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