El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el polémico Decreto Legislativo N° 1097 promulgado por el Gobierno el año pasado, al considerar que la intención del Estado de buscar limitar la regla de imprescriptibilidad para los casos posteriores al año 2003 supone un intento de impedir el esclarecimiento de crímenes de lesa humanidad.
Según el DL Nº 1097, promulgado el pasado 1 de setiembre por el Ejecutivo, la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad solo surte efecto a partir del 2003, en que entra en vigencia la Convención de Viena referida a la Imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad.
Vale recordar que este decreto que tuvo en el ex ministro de Defensa, Rafael Rey, a su más aguerrido defensor mereció el rechazo de organismos de derechos humanos y de gran parte de la población que vieron en él un claro intento del Gobierno de Alan García de procurar la impunidad o lograr la amnistía para militares violadores de los derechos humanos.
Además, esta norma provocó la renuncia del Premio Nobel de Literatura, Mario Vargas Llosa, al cargo de presidente del Lugar de la Memoria, hecho que apresuró la salida de Rey del Gabinete Ministerial. A ello se sumó el público rechazo del entonces ministro de Justicia, Víctor García Toma, quien denunció que existían dos versiones de la norma y que la presentada por Rey no era aceptable.
La sentencia del máximo organismo electoral argumenta que los delitos contra la humanidad, normalmente denominados delitos de lesa humanidad, no prescriben en el tiempo, en virtud de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad. Por tal razón y a criterio del TC resulta inconstitucional la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N.° 1097.
De esta manera, el ente constitucional falló a favor de la demanda de inconstitucionalidad interpuesta el pasado 9 de setiembre, de por lo menos el 25% de los congresistas de la República contra el mencionado dispositivo legal.
La sentencia del TC refiere que la declaración del Estado peruano de limitar la regla de imprescriptibilidad para los casos posteriores a la fecha de entrada en vigor de la Convención (9 de noviembre de 2003), no resiste el examen de constitucionalidad. “Pues supone un intento de impedir el esclarecimiento de crímenes de estas características que hayan tenido ocurrencia con fecha anterior al 9 de noviembre de 2003, lo que supondría el incumplimiento de las obligaciones internacionales de investigar y sancionar a los responsables de crímenes de lesa humanidad.”, reza el fallo del organismo constitucional.
VILMA ESCALANTE vescalante@diario16.com.pe
Fuente: http://diario16.com.pe/noticia/2607-craimenes-de-lesa-humanidad-no-prescriben
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