La norma permite rechazar “procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital”
(Fotocomposición El Comercio / Flickr / Twentysixcats)
Buenos Aires (EFE). El Senado de Argentina aprobó hoy una ley de “muerte digna” que garantiza el derecho de los enfermos terminales a rechazar cirugías, tratamientos médicos o de reanimación para prolongar su vida.
Las personas que sufren “enfermedad irreversible, incurable” o “en estado terminal” tienen derecho “a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de...
procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital”, dice la normativa, aprobada por unanimidad.
Establece el derecho “a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa”, aunque mantiene la opción de que el paciente terminal revierta su decisión.
FAMILIARES DIRECTOS
Remarca que “ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones” de esta ley “está sujeto a responsabilidad civil, penal o administrativa” por las consecuencias de la aplicación de esta normativa.
En caso de que el paciente no esté en condiciones de manifestar su voluntad por razones físicas, lo podrán hacer sus familiares directos.
La nueva normativa, que había sido aprobada en noviembre pasado por la Cámara de Diputados, excluye la eutanasia así como el llamado “suicidio asistido”, que las leyes argentinas castigan como homicidio.
EL ORIGEN
La norma comenzó a debatirse luego de que la madre de una bebé en estado vegetativo irreversible desde su nacimiento pidiera públicamente la “urgente” aplicación de una ley de “muerte digna”.
En septiembre pasado, Selva Herbón publicó una carta dirigida a la presidenta argentina, Cristina Fernández, para pedirle la aplicación de esta ley ya que su bebé de dos años, Camila, es víctima de una “clara obstinación terapéutica”.
Herbón recordó que tres comités de bioética han desahuciado a Camila, pero los médicos se niegan a desconectar los aparatos que la mantienen viva por temor a una reclamación judicial.
Las personas que sufren “enfermedad irreversible, incurable” o “en estado terminal” tienen derecho “a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de...
procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital”, dice la normativa, aprobada por unanimidad.
Establece el derecho “a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa”, aunque mantiene la opción de que el paciente terminal revierta su decisión.
FAMILIARES DIRECTOS
Remarca que “ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones” de esta ley “está sujeto a responsabilidad civil, penal o administrativa” por las consecuencias de la aplicación de esta normativa.
En caso de que el paciente no esté en condiciones de manifestar su voluntad por razones físicas, lo podrán hacer sus familiares directos.
La nueva normativa, que había sido aprobada en noviembre pasado por la Cámara de Diputados, excluye la eutanasia así como el llamado “suicidio asistido”, que las leyes argentinas castigan como homicidio.
EL ORIGEN
La norma comenzó a debatirse luego de que la madre de una bebé en estado vegetativo irreversible desde su nacimiento pidiera públicamente la “urgente” aplicación de una ley de “muerte digna”.
En septiembre pasado, Selva Herbón publicó una carta dirigida a la presidenta argentina, Cristina Fernández, para pedirle la aplicación de esta ley ya que su bebé de dos años, Camila, es víctima de una “clara obstinación terapéutica”.
Herbón recordó que tres comités de bioética han desahuciado a Camila, pero los médicos se niegan a desconectar los aparatos que la mantienen viva por temor a una reclamación judicial.
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