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Las cosas que uno medita mucho o quiere que sean 'perfectas', generalmente nunca se empiezan a hacer...
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"Cada mañana, miles de personas reanudan la búsqueda inútil y desesperada de un trabajo. Son los excluidos, una categoría nueva que nos habla tanto de la explosión demográfica como de la incapacidad de esta economía para la que lo único que no cuenta es lo humano". (Ernesto Sábato, Antes del fin)
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martes, 24 de julio de 2012

“Fallo Villa Stein es totalmente ilegal”

“Fallo Villa Stein es totalmente ilegal”
Tuesta cuestiona fallo de Villa Stein
El director del Instituto de Defensa Legal (IDL), Glatzer Tuesta, sostuvo que la sentencia de Villa Stein es totalmente ilegal y un claro acto de impunidad, pues tiene como objetivo favorecer de manera indebida a los condenados y también al expresidente Alberto Fujimori y explicó puntos claves del controvertido fallo.
"DIRECTOR DEL INSTITUTO DE DEFENSA LEGAL"
Señaló que “la sentencia anula la condena de todos los acusados por el delito de...
asociación ilícita para delinquir bajo el argumento de que fueron condenados sin que la Fiscalía haya presentado denuncia por ese delito. Esto es falso. La Fiscalía sí presentó una denuncia con la figura de asociación ilícita para delinquir, que estuvo a cargo de la jueza Victoria Sánchez. Incluso, desde el año 2001, el procurador público ad hoc, Ronald Gamarra, pudo participar de todo el proceso judicial, pues justamente era un delito en agravio del Estado”.

LESA HUMANIDADIndicó que el fallo es ilegal, además, porque “la Sala Penal afirma que no sería posible condenar a los integrantes del destacamento Colina como autores de un crimen de lesa humanidad, pues esta calificación no se encuentra ni en la denuncia, ni en la acusación del Ministerio Público. Sin embargo esto también es falso, pues la acusación del fiscal superior Pablo Sánchez, emitida el 11 de mayo de 2005, señala que: ‘… ha quedado demostrada la comisión de crímenes de lesa humanidad, habiéndose determinado un concurso real de los siguientes delitos tipificados en el código penal: homicidio calificado, asociación ilícita para delinquir, secuestro agravado y desaparición forzada de personas’. Por lo tanto, se le debe recordar al magistrado Villa Stein que el Ministerio Público sí cumplió con su obligación legal”.

Sostuvo que increíblemente la sentencia, sin señalar evidencia alguna, determina implícitamente que los ciudadanos podían ser ejecutados sumariamente, pues eran terroristas y no civiles, al comentar que la sentencia desconoce la calificación del crimen de Barrios Altos como crimen de lesa humanidad y lo califica como un delito común, “pues si bien es posible reconocer que los crímenes del destacamento Colina fueron parte de una política de Estado, esta política no era contra la población civil sino contra los terroristas”.

ABSOLUCIÓN DE PINTO Sobre la absolución del coronel EP Alberto Pinto Cárdenas, jefe del SIE en 1992, condenado por los casos de “El Santa” y “Pedro Yauri”, dijo que la sala aplica un concepto absolutamente desterrado por el derecho internacional, lo que se conoce en la jurisprudencia interna como la llamada obediencia debida. “La Suprema, interpreta que favorecer el funcionamiento del destacamento Colina, sabiendo perfectamente cuál era su misión (asesinar), solo es parte de su ‘oficio cotidiano’ y, por lo tanto, no es responsable. Es increíble”, sostuvo.

Además, criticó que la sentencia abandone la teoría de la autoría mediata por medio de un aparato de poder organizado y solo mantiene la condena de los jefes –Montesinos Torres, Hermosa Ríos, Rivero Lazo y Salazar Monroe- en condición de coautores. “Este cambio tiene una particular relevancia, pues solo la autoría mediata permite reconocer los llamados crímenes sistemáticos cometidos por un aparato de poder organizado; y, sobre todo, ayuda a determinar la existencia de una mayor responsabilidad penal de los jefes porque son ellos los que emiten las órdenes superiores para ejecutar los crímenes. Eso no se logra con la coautoría. Por ello, la sentencia termina desconociendo la naturaleza misma de la organización criminal estatal.

Fuente: http://www.diariolaprimeraperu.com/online/politica/fallo-villa-stein-es-totalmente-ilegal_116175.html

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