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Las cosas que uno medita mucho o quiere que sean 'perfectas', generalmente nunca se empiezan a hacer...
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"Cada mañana, miles de personas reanudan la búsqueda inútil y desesperada de un trabajo. Son los excluidos, una categoría nueva que nos habla tanto de la explosión demográfica como de la incapacidad de esta economía para la que lo único que no cuenta es lo humano". (Ernesto Sábato, Antes del fin)
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domingo, 21 de octubre de 2012

LIMA: LAS PRUEBAS ÁCIDAS DE UNA CONSULTA


LIMA: LAS PRUEBAS ÁCIDAS DE UNA CONSULTA

Johnny Zas Friz Burga (Abogado y doctor en Derecho Público)


La última consulta para la revocatoria del mandato de autoridades municipales de este año ha evidenciado, en el caso de Lima, nuevamente, sus problemas y limitaciones, alineadas o incoherentes con el diseño de un mecanismo de democracia directa.   
 
El proceso de consulta para revocar a autoridades locales solo ocurrió en...
tres municipalidades distritales con poblaciones electorales pequeñas: Pucusana con 6,827 electores, San Bartolo con 4,140 electores y Punta Negra con 4,420 electores.


Esta situación se explica por los requisitos exigentes que establece la Ley de la Materia (Ley N° 26300): el veinticinco por ciento (25%) de los electores de una circunscripción electoral tiene que solicitar la revocatoria; para revocar a una autoridad se requiere la mitad más uno de los votos válidos (no se cuentan votos blancos ni viciados); y la revocatoria procederá solo si ha asistido por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de los electores hábiles del padrón electoral.


Hay una única excepción: el primer requisito indicado no se aplica a la Municipalidad Metropolitana de Lima al establecerse un tope de 400,000 firmas para solicitar la revocatoria, que corresponde solo a la Capital de la República. Este tope de firmas equivale al 6.7% de la población electoral de Lima (de casi seis millones), lo cual facilita a pequeños grupos el acceso a este mecanismo de democracia directa, discriminando a los ciudadanos y ciudadanas residentes en la Capital.


En el caso del distrito de Punta Negra, fue revocado todo el Concejo Municipal: el alcalde y los cinco regidores (los cuatro de la lista ganadora y el otro de la oposición). Al tratarse de una municipalidad con una pequeña población, le corresponden cinco regidores, los cuales se distribuyen –según el premio de mayoría previsto en la Ley de Elecciones Municipales– así: la mayoría para la lista ganadora y la regiduría restante para la oposición.


En el caso del distrito de San Bartolo, fueron revocados tres regidores de la lista ganadora. Al igual que para el distrito de Punta Negra, la lista ganadora tiene la mayoría de regidores (cuatro); y la oposición, uno. Luego de la consulta, el Concejo Municipal de San Bartolo cuenta solo con su alcalde y dos regidores.


La ley establece que si se revoca a más de un tercio de los miembros del Concejo Municipal, se convoca a nuevas elecciones municipales y que en esta situación asumirían los regidores suplentes de la misma lista electoral hasta que se elijan e instalen las nuevas autoridades locales producto de nuevas elecciones municipales. Este sería el caso de ambos distritos: Punta Negra y San Bartolo.


Sin embargo, hay un problema grave que afecta la representación política en estos casos porque las listas solo presentan candidatos por el número de cargos a ocupar y no tienen suplentes que reemplacen al alcalde y regidores revocados.


El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha dispuesto que en estos casos los cargos de los alcaldes y regidores revocados sean ocupados por los candidatos no proclamados de otras listas hasta la elección de nuevas autoridades municipales. Se trata de una propia regulación del JNE, considerando que ninguna ley prevé este mecanismo.


En procesos de revocatoria precedentes (de los años 2008 y 2009), donde se revocaron a más de un tercio de sus respectivos Concejos Municipales y se convocaron a nuevas elecciones municipales, transcurrió casi un año entre la fecha de las elecciones para la revocatoria y la proclamación de las nuevas autoridades producto de las nuevas elecciones municipales. Por lo tanto, en los casos de los Concejos Municipales de Punta Negra y San Bartolo gobernarán por un periodo significativo otras mayorías políticas de listas que perdieron las elecciones.


Esta última consulta para la revocatoria del mandato de autoridades municipales muestra en los casos analizados –como en tantos otros en el ámbito nacional– los problemas y limitaciones del ejercicio concreto de la revocatoria y la urgencia de cambiar su regulación legal.

Fuente: http://diario16.pe/noticia/19937-lima-las-pruebas-a-cidas-de-una-consulta

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