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Las cosas que uno medita mucho o quiere que sean 'perfectas', generalmente nunca se empiezan a hacer...
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"Cada mañana, miles de personas reanudan la búsqueda inútil y desesperada de un trabajo. Son los excluidos, una categoría nueva que nos habla tanto de la explosión demográfica como de la incapacidad de esta economía para la que lo único que no cuenta es lo humano". (Ernesto Sábato, Antes del fin)
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viernes, 1 de abril de 2011

Multarán a cibernautas que difundan encuestas después del 3 de abril

Twitter
Ley que prohíbe publicar sondeos desde una semana antes de comicios alcanza a las redes sociales con multas de hasta S/.360 mil
No solo los medios de comunicación masiva, sino también los cibernautas están prohibidos de difundir resultados de encuestas electorales desde el 3 de abril próximo, de acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones.
Así lo confirmó el director de la Escuela Electoral del Jurado Nacional de Elecciones, Virgilio Hurtado, quien recordó que la referida norma establece que la última semana de un proceso electoral debe servir de periodo de reflexión al elector.
¿Y qué pasa si una persona utiliza, por ejemplo, un falso perfil en Facebook o Twitter? “Puede pasar eso, pero también hay mecanismos para investigar y saber de dónde salió la información, dónde se originó la fuga (de datos)”, señaló Hurtado en entrevista al diario “Gestión”.
El funcionario dejó entrever que parte de la responsabilidad podría recaer en la encuestadora si se comprueba que esta brindó la información publicada.
LA MULTA
Hurtado precisó que un cibernauta podría recibir una multa de entre 36 mil soles y 360 mil soles en caso incumpla la ley. Precisó que las multas aplican para el caso de resultados de encuestas y no para proyecciones que carecen de método científico.
Señaló además que la investigación podría tardar unos diez días y no se establecen distinciones entre una persona natural o jurídica. “La sanción es igual”, agregó.
QUÉ DICE LA LEY
El artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones señala: “La publicación o difusión de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a través de los medios de comunicación puede efectuarse hasta el domingo anterior al día de las elecciones”.
Y se agrega: “En caso de incumplimiento, se sancionará al infractor con una multa entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias que fijará el Jurado Nacional de Elecciones; lo recaudado constituirá recursos propios de dicho órgano electoral”.
¿Tú qué opinas? ¿Estás de acuerdo en que se sancione la difusión de encuestas en redes sociales?

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