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Las cosas que uno medita mucho o quiere que sean 'perfectas', generalmente nunca se empiezan a hacer...
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"Cada mañana, miles de personas reanudan la búsqueda inútil y desesperada de un trabajo. Son los excluidos, una categoría nueva que nos habla tanto de la explosión demográfica como de la incapacidad de esta economía para la que lo único que no cuenta es lo humano". (Ernesto Sábato, Antes del fin)
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jueves, 14 de julio de 2011

IPYS pide modificar proyecto del PJ sobre ‘chuponeo’

IPYS pide modificar proyecto del PJ sobre ‘chuponeo’


El Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS) hizo pública su preocupación por el proyecto presentado por el Poder Judicial al Congreso que busca penalizar con mayor severidad la interceptación, interferencia y difusión de comunicaciones, conversaciones o imágenes privadas, pues considera que en la práctica actuaría como una mordaza contra la libertad de prensa y el libre ejercicio de la profesión.

Por tal razón, mediante una carta rubricada por su director ejecutivo, Ricardo Uceda, exhortó al presidente de la Corte Suprema de Justicia, César San Martín, a reconsiderar dicha iniciativa.

El IPYS dejó en claro que comparte la necesidad de proteger el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones privadas. No obstante, manifestó su desacuerdo con los términos usados en el proyecto judicial, específicamente con los términos que se emplean para excluir de sanción penal la difusión de contenidos que, originándose en interceptaciones ilícitas de mensajes, poseen interés público.

Así, por ejemplo, mencionó la cláusula que a la letra dice: “tratándose de actos de difusión, el juez podrá, según las circunstancias del caso, declarar exento de pena al agente cuando, desde un razonado criterio de proporcionalidad, resulte evidente que este ha actuado con interés de causa pública o para evitar o para denunciar la comisión de un delito proseguible de oficio”.

Al respecto, IPYS advirtió que si bien se establece una especie de “perdón” de la pena para los periodistas que difunden comunicaciones privadas obtenidas ilegalmente, en la práctica podría equivaler a una “mordaza” contra la libertad de prensa.

“De esta forma las personas involucradas en comunicaciones interceptadas podrían reclamar al periodista y al medio de comunicación ser indemnizados por supuestos perjuicios que les originó la difusión. El Código Penal habilita a los jueces a imponer reparaciones civiles aun en casos de sentencias absolutorias o autos de sobreseímiento”, alertó.

La institución considera, además, que se contradicen las bases jurídicas que garantizan el ejercicio del periodismo en el Perú al concebir “tácitamente” como delito un acto informativo realizado por causa pública. Incluso se atreven a cuestionar el peligro en el que podrían encontrarse las “fuentes periodísticas”.

Un punto que ha llamado la atención de varios especialistas y políticos, es que la sanción penal no se precise y quede a interpretación del magistrado. “Podrían usarse criterios meramente subjetivos, que pueden negar el perdón de la pena en algunos casos y admitirlos en otros”, sostiene IPYS en la misiva.

Finalmente, sugieren a la Corte Suprema modificar la cláusula citada. Y escribirla de la siguiente manera: “Tratándose de actos de difusión, está exento de responsabilidad penal, sin calificar como ilícitos o injustos penales, a los actos de mera difusión de comunicaciones interceptadas ilícitamente cuando concurre interés o causa pública en el contenido de las mismas”.

VILMA ESCALANTE: vescalante@diario16.com.pe

Fuente: http://diario16.pe/noticia/7380-ipys-pide-modificar-proyecto-del-pj-sobre-chuponeo

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