El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por Francisco Marcañaupa Osorio, ex integrante de la patrulla militar armada que, al mando del subteniente del Ejército Peruano Telmo Ricardo Hurtado Hurtado, fue acusada de participar en la matanza de Accomarca, ocurrida el 14 de agosto de l985.
El demandante alegó que, por el tiempo transcurrido, ha prescrito la acción penal. Sin embargo, el Colegiado reafirmó que, no obstante, la prescripción de la acción penal se contabiliza desde la comisión del ilícito. “Los hechos criminales fueron juzgados por el Fuero Militar, que absolvió a todos los encausados de las acusaciones de homicidio calificado, y solamente encontró responsabilidad en el subteniente EP Telmo Hurtado por delito de “abuso de autoridad”, condenándolo a seis años de prisión. Luego fue favorecido con una amnistía.
El Tribunal precisa que conforme con la Constitución en los casos de prescripción, en caso que se determine que tales hechos constituyen crímenes de lesa humanidad, no opera el plazo de prescripción de la acción penal.
Fuente: http://diario16.pe/noticia/7716-tc-rechaza-haabeas-corpus-de-acusado-en-matanza-de-accomarca
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